Comprar o vender un vehículo de segunda mano puede ser una buena oportunidad económica, pero también conlleva riesgos, especialmente cuando, tras la entrega, aparecen averías graves que el comprador no esperaba. En estos casos surge una duda clave: ¿Quién responde si el coche tiene vicios ocultos?
En este artículo analizamos qué se considera vicio oculto, qué dice la legislación española y cuáles son los derechos y obligaciones de comprador y vendedor en una compraventa de vehículos entre particulares.
En la venta de coche entre particulares, un vicio oculto es un defecto grave que:
No se consideran vicios ocultos los desgastes normales por el uso, la antigüedad del vehículo o las averías que el comprador pudo detectar fácilmente antes de cerrar la operación.
Ejemplos habituales de vicios ocultos pueden ser problemas de motor, caja de cambios, culata o fallos estructurales que no se manifiestan en una prueba básica.
Según el artículo 1484 del Código Civil, el vendedor responde de los vicios ocultos que tenga la cosa vendida, si la hacen impropia para el uso a que se la destina o disminuyen de tal modo este uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o habría pagado menos.
Esto significa que, en una venta de coche entre particulares, el vendedor sí tiene responsabilidad legal si el vehículo presentaba vicios ocultos previos a la venta, aunque él no los conociera.
No en todos los casos. La ley establece varios matices importantes:
Además, en la venta entre particulares es habitual incluir cláusulas como “el vehículo se vende en el estado en que se encuentra”. Sin embargo, este tipo de cláusulas no elimina automáticamente la responsabilidad por vicios ocultos, salvo que se demuestre que el comprador aceptó expresamente renunciar a esa protección legal.
Si tras la venta de coche el comprador detecta un vicio oculto, la ley le reconoce dos posibles acciones:
Acción redhibitoria: permite resolver el contrato, devolver el coche y recuperar el dinero pagado.
Acción quanti minoris: permite conservar el vehículo pero solicitar una rebaja proporcional del precio.
En ambos casos, el comprador debe demostrar que el defecto:
Habitualmente, esta prueba se apoya en informes periciales mecánicos.
El plazo legal para reclamar por vicios ocultos en una venta de coche entre particulares es de seis meses desde la entrega del vehículo, según el artículo 1490 del Código Civil.
Este plazo es estricto. Una vez superado, el comprador pierde la posibilidad de reclamar por esta vía, aunque la avería sea grave.
Por ello, ante cualquier fallo importante, es recomendable actuar con rapidez y dejar constancia escrita de la reclamación.
El vendedor particular tiene la obligación de:
Ocultar intencionadamente defectos relevantes puede derivar no solo en responsabilidad civil, sino también en reclamaciones judiciales más complejas.
Tanto comprador como vendedor pueden reducir riesgos en una venta de coche entre particulares siguiendo algunas recomendaciones prácticas que aportan seguridad jurídica y tranquilidad a ambas partes:
Incluir una garantía mecánica en la venta de coche aporta un plus de seguridad, ya que cubre posibles averías mecánicas imprevistas tras la entrega del vehículo. Para el comprador supone mayor confianza en la operación y para el vendedor, una forma de protegerse frente a reclamaciones posteriores.
Existen soluciones específicas como la de Garantía Global, diseñada para dar cobertura a los principales componentes mecánicos, eléctricos y electrónicos del vehículo y aportar tranquilidad tras la compraventa. Este tipo de garantía ayuda a que la operación sea más transparente, profesional y segura para ambas partes.