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¿Quién debe pagar los impuestos en la compraventa de vehículos?

Escrito por GiGi | 19/11/2025

La compraventa de vehículos es un proceso que puede resultar más complejo de lo que parece a primera vista. Además de revisar el estado del coche, negociar el precio o preparar la documentación, surge una de las dudas más habituales: ¿Quién debe pagar los impuestos y los gastos derivados del cambio de titularidad?

En este artículo te explicamos, de forma clara y actualizada, qué coste corresponde a cada parte según la normativa española y las prácticas más comunes.

1. Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)

En una compraventa de vehículos entre particulares, el ITP es el impuesto principal y el más relevante del proceso. Es imprescindible para formalizar el cambio de titularidad en la Dirección General de Tráfico (DGT).

  • Quién lo paga? El comprador.
  • ¿Por qué? Porque la ley determina que él es el “sujeto pasivo” del impuesto.
  • ¿Cómo se gestiona? Mediante el Modelo 620 0 621 dependiendo de la Comunidad Autónoma.
  • Tipo impositivo: Entre el 4% y el 8% según la región.
  • Base de cálculo : Se usa el valor fiscal del vehículo, no necesariamente el precio acordado entre las partes.

Este punto suele sorprender a muchos compradores, especialmente cuando el valor fiscal es más alto que el precio real de venta. Por eso, es recomendable comprobar las tablas oficiales antes de cerrar la operación.


2. IVA en la compraventa de vehículos: solo en operaciones con profesionales

El IVA no aparece en la compraventa de un vehículo entre particulares. Sin embargo, sí se aplica si el vendedor es un concesionario o un profesional del sector.

  • Tipo general: 21% sobre el precio de venta.
  • Excepción – REBU: En el Régimen Especial de Bienes Usados, el IVA se aplica solo al margen del vendedor, no al total del precio.

Si estás valorando comprar a un profesional, revisa si el precio anunciado es “IVA incluido”, ya que puede influir notablemente en el coste final.

3. Impuesto de Circulación (IVTM): responsabilidad del vendedor

  • El IVTM, también conocido como Impuesto de Circulación, es un tributo municipal que se devenga cada 1 de enero.
  • Responsable legal: El vendedor, como titular del vehículo en esa fecha.
  • ¿Se puede acordar otra cosa? Sí. Es muy habitual que comprador y vendedor acuerden prorratear el impuesto según los meses del año ya transcurridos.
  • Requisito para la transferencia: El IVTM del año anterior debe estar pagado.

Aunque es un impuesto sencillo, conviene solicitar al vendedor el justificante del pago para evitar sorpresas durante el trámite en la DGT.

4. Tasa de cambio de titularidad de la DGT: a cargo del comprador

Para que el vehículo pase oficialmente al nombre del nuevo propietario, la DGT cobra una tasa fija que se actualiza cada año.

  • Responsable: El comprador.
  • Cuándo se paga: Durante el trámite de cambio de titularidad, ya sea presencialmente o por vía telemática.

Este es un gasto inevitable en cualquier compraventa de vehículo, independientemente de la Comunidad Autónoma.

5. Garantía mecánica del vehículo. 

Aunque la garantía mecánica no es un impuesto, sí es un coste relevante dentro de la compraventa de un vehículo, especialmente cuando interviene un profesional.

Por ley, si la venta es entre un concesionario o compraventa y un particular, el vendedor debe ofrecer una garantía legal mínima de 1 año. 

Contar con una garantía mecánica ayuda a evitar gastos inesperados, protege frente a averías del motor, y aporta seguridad tanto al comprador como al vendedor.

6. Gastos de gestoría (opcional)

Si se prefiere delegar todos los trámites —ITP, cambio de titularidad, revisiones de documentación— en una gestoría, se añaden unos honorarios adicionales.

  • Lo más común: Que los pague el comprador.
  • Pero no es obligatorio: Vendedor y comprador pueden pactar otra distribución.
  • Consejo: Dejarlo siempre por escrito en el contrato de compraventa del vehículo.

 Este servicio es útil cuando se quiere agilizar el proceso o evitar errores en la documentación.

Gasto/Impuesto ¿Quién lo paga? 
ITP Comprador (Obligatorio)
IVRM del año Vendedor
Tasa DGT Comprador
Gestoría Comprador (habitual, pero negociable) 

En la compraventa de vehículos, la mayor parte de los gastos recaen sobre el comprador, mientras que el vendedor solo es responsable del Impuesto de circulación del año en curso. Aun así, cualquier acuerdo adicional —prorrateos, gastos de gestoría o condiciones específicas— debe quedar reflejado por escrito para evitar malentendidos.