La compraventa de vehículos es un proceso que puede resultar más complejo de lo que parece a primera vista. Además de revisar el estado del coche, negociar el precio o preparar la documentación, surge una de las dudas más habituales: ¿Quién debe pagar los impuestos y los gastos derivados del cambio de titularidad?
En este artículo te explicamos, de forma clara y actualizada, qué coste corresponde a cada parte según la normativa española y las prácticas más comunes.
En una compraventa de vehículos entre particulares, el ITP es el impuesto principal y el más relevante del proceso. Es imprescindible para formalizar el cambio de titularidad en la Dirección General de Tráfico (DGT).
Este punto suele sorprender a muchos compradores, especialmente cuando el valor fiscal es más alto que el precio real de venta. Por eso, es recomendable comprobar las tablas oficiales antes de cerrar la operación.
El IVA no aparece en la compraventa de un vehículo entre particulares. Sin embargo, sí se aplica si el vendedor es un concesionario o un profesional del sector.
Si estás valorando comprar a un profesional, revisa si el precio anunciado es “IVA incluido”, ya que puede influir notablemente en el coste final.
Aunque es un impuesto sencillo, conviene solicitar al vendedor el justificante del pago para evitar sorpresas durante el trámite en la DGT.
Para que el vehículo pase oficialmente al nombre del nuevo propietario, la DGT cobra una tasa fija que se actualiza cada año.
Este es un gasto inevitable en cualquier compraventa de vehículo, independientemente de la Comunidad Autónoma.
Aunque la garantía mecánica no es un impuesto, sí es un coste relevante dentro de la compraventa de un vehículo, especialmente cuando interviene un profesional.
Por ley, si la venta es entre un concesionario o compraventa y un particular, el vendedor debe ofrecer una garantía legal mínima de 1 año.
Contar con una garantía mecánica ayuda a evitar gastos inesperados, protege frente a averías del motor, y aporta seguridad tanto al comprador como al vendedor.
Si se prefiere delegar todos los trámites —ITP, cambio de titularidad, revisiones de documentación— en una gestoría, se añaden unos honorarios adicionales.
Este servicio es útil cuando se quiere agilizar el proceso o evitar errores en la documentación.
| Gasto/Impuesto | ¿Quién lo paga? |
| ITP | Comprador (Obligatorio) |
| IVRM del año | Vendedor |
| Tasa DGT | Comprador |
| Gestoría | Comprador (habitual, pero negociable) |
En la compraventa de vehículos, la mayor parte de los gastos recaen sobre el comprador, mientras que el vendedor solo es responsable del Impuesto de circulación del año en curso. Aun así, cualquier acuerdo adicional —prorrateos, gastos de gestoría o condiciones específicas— debe quedar reflejado por escrito para evitar malentendidos.