Impuestos al vender un coche como particular: comunidad por comunidad

Cuando un particular vende un coche usado a otro particular, surge la obligación de liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Aunque la operación no está sujeta a IVA, el comprador debe pagar el ITP correspondiente en su comunidad autónoma. Las tasas varían significativamente según el territorio y pueden incluir bonificaciones en ciertos casos.

Aquí te explicamos de forma detallada y práctica qué impuestos se aplican en cada comunidad autónoma, cómo calcularlos y qué criterios debes conocer para evitar errores que puedan generar sanciones o retrasos en la transferencia.

¿Qué es el ITP y cómo se calcula?

El ITP grava la transmisión de bienes usados entre particulares. Es un tributo gestionado  por cada comunidad autónoma, no estatal, por lo que el tipo varía de una región a otra. Se calcula sobre el valor fiscal del vehículo, que se determina con las tablas oficiales (valor venal del vehículo, VVM) publicadas en el BOE. Las comunidades establecen
porcentajes entre el 4 % y el 8 % según antigüedad, potencia fiscal o tipo de vehículo.

El comprador tiene entre 30 días hábiles desde la firma del contrato para presentar el modelo correspondiente (620 o 621) y efectuar el pago del impuesto. Si no se realiza dentro de ese plazo, se pueden aplicar recargos y no se podrá cambiar la titularidad del vehículo en la DGT.

Tipos de ITP por comunidad autónoma

 

Comunidad autónoma Tipo general de ITP
Andalucía 4%
Aragón 4%
Asturias 4%
Baleares 4%
Canarias 5,5%
Cantabria 5%
Castilla-La Mancha 6%
Castilla y León 5%
Cataluña 5% (exento>10 años)
Comunidad Valenciana 6%
Extremadura 6%
Galicia 8%
Madrid 4%
Murcia 4%
Navarra 4%
País Vasco 4%
La Rioja 4%
Ceuta 4%
Melilla 4%

 

Esta tabla permite identificar a qué impuesto se somete la transmisión dependiendo del lugar donde reside el comprador, no el vendedor.

Particularidades y bonificaciones por comunidad

  • Cataluña: exenta del ITP si el vehículo tiene más de 10 años de antigüedad (y no supera cierto valor).
  • Canarias: tipo especial del 5,5 % aplicado sobre la base establecida.
  • Castilla‐La Mancha / Comunidad Valenciana / Extremadura: tipos del 6 % en general salvo excepciones.
  •  Castilla y León / Cantabria: 5 %.
 Otras comunidades fijan el 4 % para la mayoría de turismos y todoterrenos.

Algunas regiones aplican reducciones adicionales según la potencia fiscal del vehículo (por ejemplo, turismos con potencia inferior a ciertos CV) o exenciones por residencia de personas con discapacidad o menores de 35 años.

Ejemplos prácticos de cálculo 

Supongamos un coche con valor fiscal (VVM) de 9.000 € y residencia del comprador en distintas comunidades:

  •  En Madrid (4 %), el impuesto sería 360 €.
  • En Cataluña, si el vehículo tiene más de 10 años y cumple condiciones, podría estar exento; en caso contrario, el 5 % sería 450 €.
  • En Galicia (8 %), el ITP sería 720 €.

En el caso de que el precio pactado sea inferior al valor fiscal, algunas comunidades tributan sobre el valor venal superior, por lo que el contrato no siempre marca la base imponible.

Documentación y plazos: modelos 620 y 621 

La liquidación se realiza con el modelo 620 (presencial) o el modelo 621 (teletramitación), dependiendo de la comunidad. El comprador debe presentar:

  • Contrato de compraventa.
  •  DNI/NIF de comprador y vendedor.
  • Permiso de circulación y ficha técnica.
  • Justificante de pago del ITP.

Con ello se formaliza el cambio de titularidad en la DGT. El modelo 620/621 debe presentarse y pagarse dentro de los 30 días hábiles desde la firma del contrato, de lo contrario se aplican recargos.

Riesgos de no aplicar correctamente el ITP

  • No se permite la transferencia del vehículo en Tráfico.
  • Hacienda puede exigir recargos e imponer sanciones.
  •  El comprador puede iniciar reclamaciones si se declara mal la base imponible.
  •  El vendedor puede recibir requerimientos fiscales si no declaró ingresos en su IRPF, aunque no pague IVA al no ser profesional.

Consejos esenciales para vendedores particulares

  1. Informarse sobre el tipo de ITP en la comunidad del comprador antes de cerrar el trato.
  2. Incluir en el contrato la cifra real pactada y la referencia al valor fiscal si corresponde.
  3. Indicar que el comprador es responsable del pago del ITP y el plazo para realizarlo.
  4. Conservar copia del contrato y justificantes de pago para cualquier eventualidad.
  5. Advertir al comprador sobre posibles penalizaciones por presentación fuera de plazo.

 

¿Cómo te ayuda Garantía Global? 

Aunque seas particular, algunas ventas pueden requerir asesoramiento documental o fiscal, por ejemplo:

  • Si vendes varios coches habitualmente o como prolongación de actividad.
  • Si el comprador plantea dudas sobre el impuesto a aplicar.
  • Si existe conflicto por discrepancias entre precio de venta y valor fiscal.

En esos casos, puedes contar con Garantía Global para que te asesore y prepare documentación compatible con los requisitos fiscales.

  •  Asesoría legal y fiscal para saber qué modelo presentar (620 o 621), qué base imponible aplicar y cómo reflejarlo en el contrato.
  •  Revisión documental para evitar conflictos futuros con el comprador o la administración tributaria.
  • Orientación sobre plazos, recargos y procedimientos para regularizar posibles impagos retroactivos.

Además, si trabajas frecuentemente con clientes particulares, Garantía Global puede brindarte soporte adaptado para optimizar cada operación con seguridad legal y fiscal.

Ventajas de conocer bien el impuesto según comunidad

  •  Evitas errores que bloqueen el cambio de nombre del vehículo.
  • Reduces el riesgo de sanciones tributarias.
  • Transmites confianza al comprador con información clara y precisa.
  • Facilitas una venta rápida y sin complicaciones administrativas.
  • Te proteges frente a reclamaciones o inspecciones fiscales.

Vender un coche como particular en España implica conocer qué tasa de ITP corresponde en cada comunidad autónoma. Aunque no pagues IVA, la correcta liquidación del ITP es fundamental para realizar el cambio de titularidad sin problemas. Cada territorio tiene tipos impositivos diferentes (del 4 % al 8 %), y algunas comunidades ofrecen exenciones para vehículos antiguos o situaciones especiales.

Contar con documentación bien redactada, incluir cláusulas que informen al comprador de su responsabilidad fiscal, y realizar la presentación dentro del plazo legal son claves para evitar conflictos y asegurar una operación limpia.

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