Cuando un particular vende un coche usado a otro particular, surge la obligación de liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Aunque la operación no está sujeta a IVA, el comprador debe pagar el ITP correspondiente en su comunidad autónoma. Las tasas varían significativamente según el territorio y pueden incluir bonificaciones en ciertos casos.
Aquí te explicamos de forma detallada y práctica qué impuestos se aplican en cada comunidad autónoma, cómo calcularlos y qué criterios debes conocer para evitar errores que puedan generar sanciones o retrasos en la transferencia.
El ITP grava la transmisión de bienes usados entre particulares. Es un tributo gestionado por cada comunidad autónoma, no estatal, por lo que el tipo varía de una región a otra. Se calcula sobre el valor fiscal del vehículo, que se determina con las tablas oficiales (valor venal del vehículo, VVM) publicadas en el BOE. Las comunidades establecen
porcentajes entre el 4 % y el 8 % según antigüedad, potencia fiscal o tipo de vehículo.
El comprador tiene entre 30 días hábiles desde la firma del contrato para presentar el modelo correspondiente (620 o 621) y efectuar el pago del impuesto. Si no se realiza dentro de ese plazo, se pueden aplicar recargos y no se podrá cambiar la titularidad del vehículo en la DGT.
Comunidad autónoma | Tipo general de ITP |
Andalucía | 4% |
Aragón | 4% |
Asturias | 4% |
Baleares | 4% |
Canarias | 5,5% |
Cantabria | 5% |
Castilla-La Mancha | 6% |
Castilla y León | 5% |
Cataluña | 5% (exento>10 años) |
Comunidad Valenciana | 6% |
Extremadura | 6% |
Galicia | 8% |
Madrid | 4% |
Murcia | 4% |
Navarra | 4% |
País Vasco | 4% |
La Rioja | 4% |
Ceuta | 4% |
Melilla | 4% |
Esta tabla permite identificar a qué impuesto se somete la transmisión dependiendo del lugar donde reside el comprador, no el vendedor.
Supongamos un coche con valor fiscal (VVM) de 9.000 € y residencia del comprador en distintas comunidades:
En el caso de que el precio pactado sea inferior al valor fiscal, algunas comunidades tributan sobre el valor venal superior, por lo que el contrato no siempre marca la base imponible.
La liquidación se realiza con el modelo 620 (presencial) o el modelo 621 (teletramitación), dependiendo de la comunidad. El comprador debe presentar:
Con ello se formaliza el cambio de titularidad en la DGT. El modelo 620/621 debe presentarse y pagarse dentro de los 30 días hábiles desde la firma del contrato, de lo contrario se aplican recargos.
Aunque seas particular, algunas ventas pueden requerir asesoramiento documental o fiscal, por ejemplo:
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Además, si trabajas frecuentemente con clientes particulares, Garantía Global puede brindarte soporte adaptado para optimizar cada operación con seguridad legal y fiscal.
Vender un coche como particular en España implica conocer qué tasa de ITP corresponde en cada comunidad autónoma. Aunque no pagues IVA, la correcta liquidación del ITP es fundamental para realizar el cambio de titularidad sin problemas. Cada territorio tiene tipos impositivos diferentes (del 4 % al 8 %), y algunas comunidades ofrecen exenciones para vehículos antiguos o situaciones especiales.
Contar con documentación bien redactada, incluir cláusulas que informen al comprador de su responsabilidad fiscal, y realizar la presentación dentro del plazo legal son claves para evitar conflictos y asegurar una operación limpia.
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